https://www.bandomovil.com/userFiles/Or/OrdGv230519144143_infoex.pdf no esimagen ÉPOCA DE PELIGRO ALTO DE INCENDIOS FORESTALES 2019
  • 23-Mayo-2019 14:44
    MEDIO AMBIENTE

    La Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la JUNTA DE EXTREMADURA, ha publicado en el D.O.E. (Diario Oficial de Extremadura) la ORDEN de 20 de mayo de 2019 por la que se establece la Época de Peligro Alto de incendios forestales del Plan INFOEX, se regula el uso del fuego y las actividades que puedan provocar incendios durante dicha época en el año 2019.

    Artículo 1. Objeto y ámbito de aplicación.

    1. Constituye el objeto de la presente orden, establecer la Época de Peligro Alto de incendios forestales del Plan INFOEX, regular el uso del fuego y las actividades que puedan provocar o elevar el riesgo de incendios durante dicha época en al año 2019.
    2. El ámbito de aplicación de esta orden se extenderá a todos los terrenos forestales y su zona de influencia. No obstante, las prohibiciones y limitaciones al uso del fuego y actividades que puedan causar incendios, se aplicarán además al resto de los terrenos, incluidos los agrícolas, urbanos e industriales, en espacios abiertos y semiabiertos.
    3. Con carácter general la base cartográfica, para la medición de distancias y otros efectos de esta orden, será la del SIGPAC en Extremadura.

    Artículo 2. Época de Peligro Alto.

    1. Se entenderá por Época de Peligro Alto aquella en que debido a las condiciones metereológicas, se incrementa el riesgo de inicio y propagación de incendios, lo que aconseja un despliegue total de los medios existentes para sofocarlo y una regulación de los usos y actividades que puedan elevar dicho riesgo o que puedan provocar el fuego.
    2. Se declara Época de Peligro Alto de incendios forestales, el periodo comprendido entre el 1 de junio y el 15 de octubre de 2019, ambos inclusive, que podrá prorrogarse mediante resolución del órgano competente, si las condiciones meteorológicas así lo aconsejan.

    > Los demás artículos respecto a esta ORDEN se pueden consultar en el siguiente archivo:




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