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APROBACIÓN LISTAS PROVISIONALES DE ADMITID@S Y EXCLUID@S BOLSA DE TRABAJO MUNICIPAL.2026-07-04 12:11:51EMPLEO
ℹ️ Mediante este bando se hace pública la aprobación de las listas provisionales de personas admitidas y excluidas para la constitución de una bolsa de trabajo municipal del Ayuntamiento de Alconchel.
Con fecha 9 de junio de 2026 se convocó la formación de una bolsa municipal de trabajo destinada a cubrir, con carácter no permanente y para personal no cualificado, contrataciones por acumulación de tareas para atender necesidades estacionales del Ayuntamiento, siempre que lo permitan las disponibilidades presupuestarias y la normativa laboral.
Los servicios y puestos incluidos en la convocatoria son:
- Peón/peona de servicios múltiples.
- Mantenimiento y limpieza de instalaciones municipales (limpiadoras y limpiadores).
- Mantenimiento y limpieza de vías públicas (barrenderas y barrenderos).
- Peón ayudante del servicio de recogida de R.S.U. (residuos sólidos urbanos).
Atendiendo a lo dispuesto en la cláusula quinta de las bases de la convocatoria, se ha resuelto aprobar las listas provisionales de admitidos y excluidos.
Se concede un plazo de 10 días hábiles, en los términos y para los supuestos establecidos en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para presentar reclamaciones o subsanar deficiencias. Si no se presenta reclamación durante el plazo de exposición pública de la lista provisional, la relación se elevará a definitiva de forma automática. En caso de presentarse reclamaciones, una vez resueltas se publicará la relación definitiva.
Datos clave
- Convocatoria: 9 de junio de 2026.
- Objeto: Constitución de bolsa de trabajo municipal para contrataciones no permanentes de personal no cualificado para necesidades estacionales.
- Puestos convocados: peón/peona de servicios múltiples; limpiadoras/limpiadores de instalaciones municipales; barrenderas/barrenderos; peón ayudante del servicio de recogida de R.S.U.
- Plazo para reclamar o subsanar: 10 días hábiles, conforme al artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
- Efecto de no presentar reclamación: la lista provisional se elevará a definitiva automáticamente.